Auto23 de abril de 2008
A- de 2008
Ponente Clara Inés Vargas Hernández
✓Demandante Carlos Felipe Manuel Remolina Botia
✓
Tema · dato duro
Recurso De Suplica Contra Auto Que Rechaza Demanda Contra Ley 100 De 1993. Art. 13, Lit. A Modificado Por Ley 797 De 2003. Art. 2. Inadecuada Proposicion Juridica.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Demanda De Inconstitucionalidad Contra Ley Que Crea El Sistema De Seguridad Social Integral
- Actor aduce trato diferente para trabajadores dependientes "e independientes" respecto del aporte total de la cotización para pensión
- Inadmisión por cuanto expresión "e independientes" carece de contenido normativo autónomo
- Rechazo por cuanto disposición acusada no es el origen de la presunta vulneración a la igualdad entre trabajadores dependientes "e independientes"
- No se subsanó en debida forma toda vez que se circunscribe a establecer la afiliación obligatoria de trabajadores dependientes e independientes al Sistema General
Recurso De Suplica
- No prospera por cuanto cargo formulado no corresponde directamente al supuesto hecho normativo contenido en literal acusado
- Competencia de la Sala Plena de la Corte Constitucional
- Presentación oportuna reiterando la violación del principio de igualdad al obligar a trabajadores independientes afiliarse al Régimen General de Pensiones
Proposicion Juridica
- No integración adecuada cuando lo acusado no exhibe por sí mismo autonomía y suficiencia ontológica y jurídica
Accion De Inconstitucionalidad
- Naturaleza pública e informal
- Requisitos mínimos
Demanda De Inconstitucionalidad
- Razones claras, ciertas, específicas, pertinentes y suficientes
- Se debe formular contra enunciado normativo que tenga contenido autónomo sobre el cual pueda recaer el juicio de constitucionalidad
Proposicion Juridica Incompleta
- Cuando contenido normativo que se acusa se vincula inseparablemente al de otra norma no demandada
6 temas · 13 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- En merito de lo expuesto, la Sala Plena
- RESUELVE :
- CONFIRMAR el auto del 31 de marzo de 2008, que rechazo la demanda presentada por el ciudadano Carlos Felipe Manuel Remolina Botia, contra el articulo 13, literal a. de la Ley 100 de 1993, modificado por el articulo 2 de la Ley 797 de 2003.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
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Clara Ines Vargas Hernandez
Magistrado
Humberto Antonio Sierra Porto
Impedido
Jaime Araujo Rentería
Magistrado
Jaime Córdoba Triviño
Magistrado
Manuel José Cepeda Espinosa
Magistrado
Marco Gerardo Monroy Cabra
Magistrado
Mauricio González Cuervo
Magistrado
Nilson Pinilla Pinilla
Magistrado
Rodrigo Escobar Gil
Magistrado
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por2
C-142/18Salas De Lactante En El Entorno Laboral. Disposiciones Aplicarán Para Empresas Privadas Con Capitales Inferiores A 1500 Salarios Mínimos Con Más De 50 Empleados.C-669/14Fallo Inhibitorio Por Ineptitud De Demanda De Inconstitucionalidad Contra Delitos De Manipulacion Genetica, Repetibilidad Del Ser Humano, Asi Como De Fecundacion Y Trafico De Embriones Humanos
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.